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El amianto

El amianto es el nombre de un grupo de minerales metamórficos fibrosos. Están compuestos de silicatos de cadena doble. Sus fibras son largas y resistentes que se pueden separar y son suficientemente flexibles como apara ser entrelazadas y además resisten altas temperaturas.

Debido a sus especiales características, el asbesto, también llamad amianto se ha utilizado en una gran variedad de productos manufacturados, principalmente en materiales de construcción (tejas para recubrimiento de tejados, baldosas y azulejos, productos de papel, embrague de automóviles, frenos, envases, revestimientos, pinturas, etc.

SU USO ESTÁ PROHIBIDO EN LA UNIÓN EUROPEA DESDE 2005. EN ESPAÑA SU UTILIZÓ HASTA 2001, QUEDANDO TOTALMETE PROHIBIDA SU UTILIZACIÓN.

Se demostró que los productos relacionados con el amianto provocan cáncer con una elevada mortalidad desde 1906.

La mayoría de edificios construidos en España entre 1965 y 1984 contienen amianto, bien en sus elementos de construcción  o en sus instalaciones.

En cuanto a las empresas que realizan trabajos con riesgo de exposición al amianto, tienen la obligación de inscribirse en un registro especial y presentar un plan de trabajo detallado antes de acometer cualquier obra que implique la manipulación de este material y por supuesto al obligado cumplimiento del resto del Reglamento de Trabajos con Riesgo por Amianto:

  • Se prohíben las horas extras y los sistemas de incentivos y se exige que el número de trabajadores en contacto con el amianto se reduzcan al mínimo indispensable. De igual manera, se prohíbe la subcontratación de estos trabajos de desamiantado.
  • Cuando no se pueda sustituir el amianto o evitar la exposición con medidas técnicas, se facilitará protección personal a los trabajadores, básicamente mascarilla y ropa de protección completa.
  • Los trabajadores expuestos deben disponer de dos taquillas para evitar el contacto de la ropa de trabajo con la ropa de calle y deben cambiarse y ducharse antes de comer y al final de la jornada. La limpieza de la ropa de trabajo correrá a cargo de la empresa. Actualmente, se recomienda el uso de ropa de trabajo desechable (tanto interior como exterior) así como el uso de unidades de descontaminación (compartimento sucio, ducha con filtros de amianto y compartimento limpio).
  • Los lugares de trabajo donde exista exposición al amianto deberán estar claramente delimitados y señalizados. El piso y las paredes serán lisos para facilitar la limpieza y ésta se hará cada vez que se observe una acumulación visible de polvo y con medios que eviten la dispersión de fibras al aire.
  • El amianto se transportará y almacenará en recipientes cerrados apropiados. Las pilas de sacos serán protegidas con fundas de plástico o similar y depositadas sobre superficies secas.
  • Los trabajadores con riesgo de exposición al amianto se someterán a reconocimientos médicos específicos previos al trabajo, reconocimientos anuales e, incluso, reconocimientos postocupacionales.
  • La empresa está obligada a proporcionar a los trabajadores y sus representantes toda la información relativa a los riesgos, medidas preventivas y de protección necesarias, así como adiestrar a los trabajadores en los métodos de trabajo seguros.

El Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto es la norma más actual (norma de ámbito laboral) . Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición al amianto durante el trabajo, así como la prevención de tales riesgos. Se recomienda retirar el amianto cuando termina su vida útil. Para ello, antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al amianto incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto, el empresario deberá elaborar un plan de trabajo.

 

Fuente:es.wikipedia.org

 

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