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Y ¿qué hacemos con los escombros?

Siempre que se realiza una obra de construcción, lleva ligado el inconveniente del escombro. Para intentar controlar el problema de los escombros se crea el RD 105/2008, en donde se regula la gestión de este tipo de residuos.

El productor del escombro de la obra, está obligado por la administración local a depositar una fianza, que no le será devuelta hasta que presente el correspondiente documento acreditativo de que los escombros, han sido retirados y trasladados a lugar destinado para su gestión.

En el supuesto caso de que la obra sea ejecutada por el propietario del inmueble, encontrará toda la información que necesita en la licencia de obra, que concede y autoriza el Ayuntamiento.

Existen empresas dedicadas a la gestión de los residuos y son ellas, las que proporcionan el material necesario para la recogida y envío a los centros de tratamiento. El coste de estos contenedores, está obligado a asumirlo el responsable de la obra y es habitual que el profesional que realice la obra lo incluya en su factura.

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